Preguntas frecuentes · Transparencia
Cómo trabaja UTTOR. Sin guión.
Las preguntas que un cliente debería hacerle a su asesor antes de empezar la relación. Aquí están nuestras respuestas — verificables, alineadas con la regulación CNMV y MiFID II, y consistentes con la documentación pre-contractual que entregamos antes de iniciar el servicio.
Sobre la licencia y la regulación
¿Qué es una EAFN y qué significa que UTTOR tenga esta licencia?
UTTOR es una Empresa de Asesoramiento Financiero Nacional (EAFN) registrada en la CNMV con el número 59. Esta licencia, creada por la Ley 6/2023 del Mercado de Valores y de los Servicios de Inversión, habilita a UTTOR para prestar el servicio de asesoramiento en materia de inversión bajo la regulación MiFID II, supervisado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores. UTTOR no custodia activos del cliente y opera con arquitectura abierta multientidad: el patrimonio permanece en las entidades de custodia que el propio cliente elige.
¿Qué modalidad de asesoramiento presta UTTOR según MiFID II?
UTTOR presta asesoramiento bajo la modalidad NO independiente, conforme al artículo 24.4.a de la Directiva 2014/65/UE (MiFID II) y normativa nacional de transposición. UTTOR puede percibir incentivos económicos de terceros (entidades comercializadoras) por la prestación del servicio en determinados mandatos, incentivos que se transparentan al cliente con detalle ex ante. La modalidad y la política de incentivos forman parte de la documentación pre-contractual entregada antes de iniciar el servicio.
Sobre cómo cobramos y los incentivos
¿Cómo cobra UTTOR? ¿Recibe retrocesiones?
El ingreso principal de UTTOR son los honorarios directos acordados con el cliente, habitualmente un porcentaje sobre el patrimonio asesorado. En aquellos casos en los que la entidad custodia retroceda parte de las comisiones del producto a UTTOR, esa retrocesión se declara al cliente con detalle de cuantía, naturaleza y origen, ex ante, conforme exige el artículo 11 del Reglamento Delegado (UE) 2017/565 y MiFID II.
¿UTTOR tiene producto propio? ¿Algún fondo de la casa?
A la fecha de esta publicación, UTTOR no comercializa producto propio. El asesoramiento se basa en instrumentos del mercado seleccionados conforme al encaje patrimonial del cliente. Si en el futuro UTTOR creara o comercializara algún producto propio, se actualizaría esta información, se notificaría al cliente con la antelación que exija la normativa y la política de conflictos de interés se ajustaría en consecuencia.
Sobre la custodia y la operativa
¿Quién custodia mis activos? ¿UTTOR los tiene?
UTTOR no custodia activos del cliente en ningún caso. La custodia se mantiene siempre en una entidad bancaria o de inversión elegida por el cliente. UTTOR opera con arquitectura abierta multientidad: el cliente puede tener cuentas en uno o varios bancos custodios y UTTOR ejerce el rol de asesor sobre el conjunto, sin tomar la titularidad ni la posesión de los activos. Esta separación entre asesor y custodia es estructural en una EAFN.
¿UTTOR realiza gestión discrecional de carteras?
No. La autorización de UTTOR como EAFN es de asesoramiento financiero, no de gestión discrecional. UTTOR recomienda decisiones y construye estrategias, pero la ejecución final la decide el cliente y se materializa en su entidad de custodia. UTTOR no toma posiciones en nombre del cliente, no firma órdenes por él, no intermedia en la compraventa de valores ni actúa como agente de la propiedad inmobiliaria. La decisión final siempre es del cliente.
Sobre el modelo y la diferencia frente al banco
¿Qué diferencia a UTTOR de un banco privado tradicional?
Un banco privado tradicional combina las funciones de asesor, comercializador, custodio y gestor del producto recomendado. UTTOR es una EAFN: solo asesora. La custodia se queda en la entidad que el cliente elige; UTTOR no comercializa producto propio; y la arquitectura abierta multientidad permite seleccionar instrumentos del mercado conforme al encaje patrimonial del cliente, no al catálogo de una entidad concreta. El modelo de honorarios explícitos se separa del coste del vehículo financiero, facilitando trazabilidad y comparabilidad.
¿Qué es la arquitectura abierta multientidad?
La arquitectura abierta multientidad es el modelo según el cual el asesor puede seleccionar entre todo el universo de instrumentos disponibles en el mercado y trabajar con varios bancos custodios al mismo tiempo. Frente al modelo cerrado, la arquitectura abierta permite que la recomendación responda al encaje patrimonial del cliente y no a la inercia del producto. UTTOR puede coordinar varias custodias del cliente bajo una misma estrategia.
Sobre datos, contrato y proceso
¿Qué documentación entrega UTTOR antes de empezar?
Antes de iniciar la prestación del servicio, UTTOR entrega: contrato de asesoramiento, evaluación de idoneidad del cliente conforme MiFID II, información de costes ex ante, política de conflictos de interés y política de incentivos. La aceptación del cliente es expresa y por escrito. Cualquier recomendación personalizada queda condicionada a la firma del contrato y la evaluación de idoneidad.
¿Cómo se protegen los datos personales del cliente?
UTTOR aplica el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD). Los datos del cliente se tratan con base legal de ejecución de contrato, cumplimiento de obligaciones MiFID II y prevención de blanqueo (Ley 10/2010). Los plazos de conservación se detallan en la Política de Privacidad. UTTOR está en proceso de designación de un Delegado de Protección de Datos (DPO) externo.
¿Existe canal ético para reportar incidencias?
Sí. UTTOR pone a disposición de empleados, colaboradores, clientes y terceros un canal ético externo gestionado por Becompliance, accesible en uttor.canaletico.app. Permite comunicar de forma confidencial conductas que pudieran contravenir la normativa, los principios éticos o los procedimientos internos. La gestión es externa para preservar la objetividad y la confidencialidad.
¿Tienes una pregunta que no está aquí? Hablemos.
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